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Tramitación Online, preferible

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Tramitación Presencial

¿Qué es?

Es el trámite a través del cual se puede solicitar la exención del impuesto sobre vehículos destinados a usos agrícolas.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier ciudadano que disponga de un vehículo destinado a labores agrícolas o su representante legal y reúna los requisitos exigidos.

¿Qué documentación se debe aportar? 

  • Solicitud genérica
  • Documentación del vehículo
  • Cartilla agrícola
  • DNI

Nota: Si esta solicitud no la realiza el titular del vehículo, es necesario adjuntar una autorización de éste a un tercero para poder realizarla. (Descargar solicitud)

¿Qué tasas tiene?

Este trámite no implica coste alguno. Es gratuito.

¿Hay algún plazo de presentación?

No existe un plazo de presentación. Cuando el interesado lo desea.

¿Cuál es el plazo de resolución?

No hay plazo estimado de respuesta. No obstante lo anterior, el plazo máximo estipulado en materia tributaria es de 6 meses.

Normativa aplicable

  • Ordenanzas Municipales sobre Tributos Locales.
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Real Decreto 2822/1998 de 23 de Diciembre por el que se aprueba el reglamento general de vehículos.

¿Cómo solicitarlo?

Presencialmente

Rellenando el impreso y adjuntando la documentación necesaria.

Registro General del Ayuntamiento de Cehegín.
C/ López Chicheri nº 5
Teléfono: 968 740 400
ayuntamiento@cehegin.es
Horario: de 9:00 a 14:00 horas

En las entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

* Esta opción le permite imprimir un modelo de formulario vacío que podrá cumplimentar y presentar en los lugares indicados anteriormente.

Tenga en cuenta que el documento está en formato pdf y por lo tanto es necesario que disponga del programa Acrobat Reader para poder leerlo.

¿Qué es?

Es el trámite a través del cual el interesado solicita la licencia para dividir una finca, ya sea urbana o rústica, en dos o más lotes.

Esta licencia tiene por finalidad comprobar que los lotes en los que se pretende dividir la finca cumplen con la parcela mínima establecida normativamente, y en este caso, deberán cumplir dicho requisito tanto la finca matriz de la que surgen los nuevos lotes, como éstos, no pudiendo quedar ni aquella ni éstos por debajo de la parcela mínima.

¿Quién lo puede solicitar?

El titular de la finca o en su defecto, sus representantes debidamente acreditados, ya sean personas físicas o jurídicas.

¿Qué documentación se debe aportar?

  • Solicitud genérica
  • Escritura y Nota simple Registro Propiedad correspondiente a la finca
  • Plano de situación referido a la normativa urbanística
  • Plano acotado finca matriz, indicando las construcciones existentes
  • Plano acotado conjunto de fincas segregadas
  • Relación literal superficies y linderos parcelas segregada
  • Informe catastral

¿Qué tasas tiene?

El coste está determinado por la Ordenanza municipal sobre licencias urbanísticas.

El abono de las mismas puede efectuarse a través de las entidades colaboradoras.

¿Hay algún plazo de presentación?

No existe un plazo de presentación. El interesado puede solicitarlo cuando lo desee.

¿Cuál es el plazo de resolución?

El plazo máximo para la resollución y notificación en el procedimiento de otorgamiento de licencias es de 3 meses desde la fecha de entrada de su solicitud en el Registro de este Ayuntamiento.

Normativa aplicable

  • Ordenanzas Municipales sobre Licencias Urbanísticas
  • Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de Junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia.
  • Decreto 40/1997, de 6 de junio, por el que se establece la unidad mínima de cultivo en la Región de Murcia.

¿Cómo solicitarlo?

Presencialmente

Rellenando el impreso y adjuntando la documentación necesaria.

Registro General del Ayuntamiento de Cehegín.
C/ López Chicheri nº 5
Teléfono: 968 740 400
ayuntamiento@cehegin.es
Horario: de 9:00 a 14:00 horas

En las entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

* Esta opción le permite imprimir un modelo de formulario vacío que podrá cumplimentar y presentar en los lugares indicados anteriormente.

Tenga en cuenta que el documento está en formato pdf y por lo tanto es necesario que disponga del programa Acrobat Reader a fin de poder leerlo.

¿Qué es?

Es el trámite que deben realizar organizadorespromotores o responsables de espectáculos tradicionales y popularessolicitando la autorización para presentar juegos pirotécnicos en los que se utilice material explosivo de menos de 50 kilogramos.

¿Quién lo puede solicitar?

Toda entidad (sociedades de festejosvecinalesculturalesrecreativas…), q.ue desee usar fuegos artificiales en la celebración de un acto.

¿Qué documentación se debe aportar?

  • Solicitud de autorización para la celebración de espectáculos pirotécnicos al Ayuntamiento de Cehegín.
  • Póliza de seguro de responsabilidad civil y accidentes contratada.
  • Datos de el/los profesionales responsables al servicio de la mismapara la manipulación y disparo de los objetos pirotécnicos concretos del acto a realizar,
  • Croquis.
  • Plan de emergencias
  • En la reseña de cada uno de los espectáculos deberán figurar los siguientes datos:
  • Kilogramos de explosivo o mezcla explosiva, de cada conjunto de artificiosque constituyen un efecto recreativo homogéneo y de unidades que forman dicho conjunto.
  • Fechanúmero de clasificación y catalogación y fabricante de cada uno de los artificios a disparar.
  • Tiempo previsto en segundos para el disparo y efectos recreativos de cada sección o conjunto homogéneo.
  • Secuencia de comienzo de disparo entre secciones y orden a seguir en los disparos de cada sección.
  • Tipo, forma y características de la protección dispuesta para evitar toda clase de lesiones o daños a las personas y a las propiedades,
  • Lugar donde se han de realizar los disparos, con características de su entorno perimetral, en un mínimo de 300 metros, a contar del lugar del disparo, y horas de iniciación y terminación previstas.

¿Qué precio o tributo hay que pagar y formas de pago posibles?

La tramitación de esta autorización es gratuita

¿Hay algún plazo de presentación?

No existe un plazo de presentación. El  interesado puede solicitarlo cuando lo desee.
No obstante lo anterior, la solicitud se ha de presentar con una antelación mínima de 1 mes de la celebración de la actividad.

¿Cuál es el plazo de resolución?

No existe plazo estipulado de resolución por lo que es el genérico de la Ley 30/1992 (art. 42.3), 3 meses.

Normativa aplicable

  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
  • Orden de 20 de octubre de 1988, por la que se regula la manipulación y uso de espectáculos puúblicos de fuegos artificiales. BOE nº 260 de 29 de octubre.
  • Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprobó el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería.

¿Cómo solicitarlo?

Presencialmente

Rellenando el impreso y adjuntando la documentación necesaria.

Registro General del Ayuntamiento de Cehegín.
C/ López Chicheri nº 5
Teléfono: 968 740 400
ayuntamiento@cehegin.es
Horario: de 9:00 a 14:00 horas

En las entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Esta opción le permite imprimir un modelo de formulario vacío que podrá cumplimentar y presentar en los lugares indicados anteriormente.

Tenga en cuenta que el documento está en formato pdf y por lo tanto es necesario que disponga del programa Acrobat Reader para poder leerlo.

Observaciones

Los espectáculos pirotécnicos deben ser ejecutados por personal autorizado y capacitado en medidas de seguridad con el fin de prevenir y reducir los riesgos y accidentes que involucren daños a las personas, la propiedad pública y privada y al medio ambiente. En este último caso en lo que se refiere emisión de gases y partículas contaminantes y fundamentalmente contaminación acústica.
Los espectadores deberán guardar una distancia mínima de seguridad de 30 metros del lugar de lanzamiento.

Preguntas frecuentes

Tenemos prevista una celebración familiar en la que pretendemos lanzar un pequeño castillo de fuegos artificiales. ¿Es necesario pedir autorización?

No, no están sujetos a autorización administrativa los meros lanzamientos de material pirotécnico de libre venta en los establecimientos abiertos al público y autorizados a la venta al por menor de artículos pirotécnicos y que son habitualmente utilizados en celebraciones públicas o privadas (fiestas tradicionales, bodas, etc.)

¿Qué es?

Es el trámite necesario para obtener autorización por parte del Ayuntamiento de Cehegín para la celebración de espectáculos taurinos (corridas de torosnovilladas con o sin picadoresrejoneovaquillas y encierros y demás festejos tradicionales) en plazas permanentes y portátiles, en garantía de los derechos e intereses del público y de cuantos intervienen en aquéllos.

Esta autorización por  sola no tiene validez para la celebración del festejodebiendo obtener también autorización por parte de la Comunidad Autónoma

¿Quién lo puede solicitar?

Empresas y organizadores de espectáculos taurinos o sus representantes legales

¿Qué documentación se debe aportar? 

  • Solicitud previa para la autorización de espectáculos taurinos en la Plaza de Toros de Cehegín o en lugar distinto a Plazas permanentes.
  • Junto con la solicitud o comunicación se acompañarán, con carácter general, los siguientes documentos:
  • Certificación de la constitución del seguro colectivo de accidentes que cubra a los participantescolaboradores y demás intervinientes no profesionales, y un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños a los espectadoresterceras personas y a los bienesque puedan derivarse de la celebración del festejo
  • Para los encierrosserá necesario señalar el recorrido del festejo, el traslado de las resesdesde dos puntos determinados de comienzo y finalizaciónrelación de los detalles de las medidas de protección (barreras reglamentarias), etc.

¿Qué tasas tiene?

Este trámite no implica coste alguno. El alta de representante es gratuita.

¿Hay algún plazo de presentación?

No existe un plazo de presentación para este trámite. El  interesado puede solicitarlo cuando lo desee. No obstante lo anterior, el/los organizadores del espectáculo deberán solicitar la autorización con la documentación requerida con una antelación mínima de veinte días naturales.

¿Cuál es el plazo de resolución?

No existe plazo estipulado de resolución por lo que es el genérico de la Ley 30/1992 (art. 42.3), 3 meses.

Normativa aplicable

  • Ley 10/1991, de 4 de abril, de la Jefatura de EstadoEspectáculos TaurinosPotestades administrativas
  • Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, del Ministerio de Justicia e Interior por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos

¿Cómo solicitarlo?

Presencialmente

Rellenando el impreso y adjuntando la documentación necesaria.

Registro General del Ayuntamiento de Cehegín.
C/ López Chicheri nº 5
Teléfono: 968 740 400
ayuntamiento@cehegin.es
Horario: de 9:00 a 14:00 horas

En las entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Esta opción le permite imprimir un modelo de formulario vacío que podrá cumplimentar y presentar en los lugares indicados anteriormente.

Tenga en cuenta que el documento está en formato pdf y por lo tanto es necesario que disponga del programa Acrobat Reader para poder leerlo.

Observaciones

Para la celebración de espectáculos taurinos en plazas permanentes bastará con la mera comunicación por escrito. En todos los demás casos será exigible la autorización previa.

¿Qué es?

Es el trámite de solicitud por parte de los ciudadanos para ejecución de obras menores en viviendas, exteriores de edificios, cubiertas y locales de sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica.

Se consideran obras menores aquellas que no afectan a la estructura de la vivienda y construcciones inferiores a 12 metros cuadrados.

En ningún caso, implicarán modificación de usos ni supondrán alteración de volumen o superficie construida, reestructuración, modificación sustancial de elementos arquitectónicos o comunes de un inmueble, del número de viviendas o locales que fueran autorizados por la licencia originaria del edificio, ni afectarán a la estructura (pilares, vigas, etc.), o al diseño exterior ni mermarán las condiciones de habitabilidad o seguridad en el edificcio o instalación.

¿Quién lo puede solicitar?

Toda persona interesada o su representante legal

¿Qué documentación se debe aportar? 

  • Solicitud genérica
  • Justificante de pago de las tasas de expedición de documentos
  • Documentación técnica que precise

¿Qué tasas tiene?

El coste de ese trámite está determinado por la Ordenanza municipal sobre licencias urbanísticas y su abono podrá efectuarse a través de las entidades colaboradoras. Corresponde hacer efectivo el pago de:

  • Tasa por tramitación del expediente, al hacer el registro de entrada de la solicitud
  • Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Las obras en el casco antiguo de Cehegín están exentas de este impuesto.

¿Hay algún plazo de presentación?

No existe plazo de presentación. El interesado puede solicitarlo cuando lo desee.

¿Cuál es el plazo de resolución?

El legalmente establecido. Si la solicitud inicial no reuniera los requisitos exigidos o fuese incompleta la documentación acompañada, se requerirá a quien la hubiese firmado para que subsane la falta o complete los documentos en el plazo que se le indique, con apercibimiento de que si así no lo hiciese, se archivará sin más trámite.

 

Normativa aplicable

  • Decreto Ley 1/2005 de 10 de Junio, que regula la ley del suelo
  • Ordenanzas municipales que regulan las tasas para expedición de licencias
  • Ley 4/2009 de Medio Ambiente de la Región de Murcia

¿Cómo solicitarlo?

Presencialmente

Rellenando el impreso y adjuntando la documentación necesaria.

Registro General del Ayuntamiento de Cehegín.
C/ López Chicheri nº 5
Teléfono: 968 740 400
ayuntamiento@cehegin.es
Horario: de 9:00 a 14:00 horas

En las entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

* Esta opción le permite imprimir un modelo de formulario vacío que podrá cumplimentar y presentar en los lugares indicados anteriormente.

Tenga en cuenta que el documento está en formato pdf y por lo tanto es necesario que disponga del programa Acrobat Reader para poder leerlo.

Observaciones

La presentación de la documentación técnica podrá ser requerida cuando se proceda a realizar el informe. La documentación que se suele pedir en las obras más comunes es la siguiente:

Para obras en vivienda o nave agrícola:

  • Plano de situación de la finca
  • Fotocopia de la escritura

Para construcción de cuarto de aperos de 12 metros cuadrados

  • Plano de situación de la finca
  • Fotocopia de la escritura

Para construcción de porche o barbacoa de máximo 12 metros cuadrados

  • Plano de situación de la finca
  • Fotocopia de la escritura

Para obras de vallado de parcelas

  • Plano de situación donde se señalará la ubicación exacta del vallado

En suelo urbano

  • Si es un paraje diseminado incluir plano de situación
  • Para obras en la vía pública relativas a acometidas de alcantarillado, agua potable, red de energía eléctrica, etc. se debe indicar la longitud, profundidad y demás datos técnicos de la zanja, así como su señalización

Preguntas frecuentes

Quiero arreglar la cocina y el baño de la vivienda que he adquirido, ¿es necesario solicitar algún permiso?

Si, deberá solicitar la correspondiente licencia de obra menor siempre que se realicen obras

¿Necesito un proyecto técnico para solicitar el permiso de obras?

Solamente es necesaria la redacción de proyecto técnico con visado colegial para la solicitud de licencia de obra mayo. Para la obtención de licencia de obra menor es suficiente con la presentación de un presupuesto detallado de las obras a realizar.

¿Qué es?

Es la tramitación para la devolución de la cantidad pagada en concepto de impuesto ante la baja definitiva de un vehículo o baja temporal por sustracción o robo, a instancias de la persona interesadas.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas titulares de un vehículo dado de baja definitiva o baja temporal por sustracción o robo, también puede solicitarte mediante representante legal.

¿Qué documentación se debe aportar? 

  • Solicitud genérica
  • Justificante de baja de la Jefatura Provincial de Tráfico o certificado de depósito en desguace
  • Justificante de pago del impuesto sobre vehículos del ejercicio a devolver
  • Número de cuenta bancaria (20 dígitos)

¿Qué tasas tiene?

Este trámite no implica coste alguno. Es gratuito.

¿Hay algún plazo de presentación?

El impuesto sobre vehículos se paga en el plazo que marca el Ayuntamiento de Cehegín.

La solicitud de devolución se puede realizar en cualquier momento teniendo presente los plazos de prescripción regulados en la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria.

¿Cuál es el plazo de resolución?

No hay plazo estimado de respuesta. No obstante lo anterior no puede exceder de 6 meses (plazo máximo establecido en materia tributaria).

Normativa aplicable

  • Ordenanzas Municipales sobre Tributos Locales.
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales.
  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

¿Cómo solicitarlo?

Presencialmente

Rellenando el impreso y adjuntando la documentación necesaria.

Registro General del Ayuntamiento de Cehegín.
C/ López Chicheri nº 5
Teléfono: 968 740 400
ayuntamiento@cehegin.es
Horario: de 9:00 a 14:00 horas

En las entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

* Esta opción le permite imprimir un modelo de formulario vacío que podrá cumplimentar y presentar en los lugares indicados anteriormente.

Tenga en cuenta que el documento está en formato pdf y por lo tanto es necesario que disponga del programa Acrobat Reader para poder leerlo.

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